domingo, agosto 02, 2020

Certificación del Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario

COMUNICADO DE PRENSA DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA

                              

Bogotá, julio 31 de 2020.- La Superintendencia Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010, expidió el 31 de julio de 2020 la Resolución No. 0685 por medio de la cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente periodo y modalidad de crédito:

·         Consumo y Ordinario: entre el 1 y el 31 de agosto de 2020.

 

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 18.29%, lo cual representa un aumento de 17 puntos básicos (0.17%) en relación con la anterior certificación (18.12%).

 

INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA

En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 27.44% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

 

USURA

Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 27.44% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa un aumento de 26 puntos básicos (0.26%) con respecto al periodo anterior (27.18%).

 

 

 

 

 

OTRAS CERTIFICACIONES VIGENTES

Vale la pena recordar que la Superintendencia Financiera, en desarrollo de sus atribuciones legales y reglamentarias, mediante las Resoluciones 0605 de 2020 y 1293 de 2019 certificaron el interés bancario corriente para las modalidades de microcrédito y consumo de bajo monto, en los siguientes términos:

 

Modalidad de crédito que aplica

Interés Bancario Corriente

Vigencia

Microcrédito

34.16%

1 de julio al 30 de septiembre de

 2020

Consumo de bajo monto

34.18%

1 de octubre de 2019 al 30 de septiembre de 2020