COMUNICADO DE PRENSA SUPERFINANCIERA
“La Superintendencia
Financiera de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial
de lo dispuesto en los artículos 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de
2010, expidió el 29 de abril de 2022 la Resolución No. 0498 por medio de la
cual certifica el Interés Bancario Corriente para el siguiente periodo y
modalidad de crédito:
• Consumo y Ordinario: entre
el 01 de mayo y el 31 de mayo de 2022.
Con la mencionada Resolución
se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de
crédito de consumo y ordinario en 19.71%, lo cual representa un aumento de 66
puntos básicos (0.66%) en relación con la anterior certificación (19.05%).
INTERÉS
REMUNERATORIO Y DE MORA
En atención a lo dispuesto
en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en
los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio
y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir,
el 29.57% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
USURA
Para los efectos de la norma
sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el
que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o
por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que
exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos
correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado
se sitúa en 29.57% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y
ordinario, resultado que representa un aumento de 99 puntos básicos (0.99%) con
respecto al periodo anterior (28.58%)”.