Por : Javier Ríos Gómez
LA TASA DE INTERES BANCARIO CORRIENTE (TIBC) Y LA TASA DE USURA
Hasta el momento las medidas adoptadas por la Junta Directiva del Banco de la Republica, como autoridad monetaria, cambiaria y crediticia, para frenar la inflación en su rumbo alcista (10,21% a julio), como la de aumentar la tasa de interés de intervención del Banco al 9%, para desestimular la oferta de dinero en el mercado, han sido ineficaces, el costo de vida no se ha frenado y por el contrario el del dinero, es decir, la tasa de interés en el mercado, se ha aumentado a cifras históricas.
La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC), en cumplimiento de sus atribuciones legales y reglamentarias, calcula, certifica y determina el periodo de vigencia, para la tasa de interés bancario corriente (TIBC) que los establecimientos de crédito en Colombia deben cobrar sobre los créditos de consumo y ordinario que otorgan a sus clientes.
La TIBC, es el promedio de las
tasas de interés que cobran las
entidades crediticias a sus usuarios, en un periodo determinado y que la SFC calcula,
solicitando información a las entidades financieras, incluyendo todos
los plazos, sobre : Crédito de consumo, comercial ordinario y
tarjetas de crédito para personas naturales, con excepción de los consumos a un
(1) mes y toma en cuenta la información disponible reportada para las cuatro
(4) semanas anteriores a la certificación.
La
TIBC es la referencia para calcular la tasa de interés de usura, valor máximo
que puede cobrar una entidad que presta dinero.
El
delito de usura se configura cuando el valor cobrado por tasa de interés, excede
las 1,5 veces el porcentaje vigente del interés bancario corriente.
Tipos de interés bancario corriente
Para créditos de consumo y ordinario: En este caso, donde los
créditos son otorgados a personas naturales para financiar la adquisición de
algún bien o servicio, la tasa de interés bancario corriente tiene una
actualización mensual. Los datos recopilados entonces, corresponden a las
cuatro semanas anteriores a la certificación.
Para microcréditos: En esta modalidad de financiamiento, que está enfocada al financiamiento de la microempresa, la tasa de interés bancario tiene una actualización trimestral, es decir, que la información remitida por los establecimientos crediticios, sobre microcrédito, corresponde a las doce semanas anteriores a la certificación.
Para créditos de consumo de bajo monto: En esta línea de crédito, dirigida a personas naturales que no hayan accedido a un crédito y cuyo monto máximo de endeudamiento es de cuatro salarios mínimos, la tasa de interés bancario corriente tiene una actualización anual.
La SFC con la Resolución
No.1126 del 31 de agosto de 2022 certificó el
Interés Bancario Corriente entre el 01 de septiembre y el 30 de septiembre de
2022, en el 23.50%, que constituye
un aumento de 129 puntos básicos (1.29%) en relación con la anterior
certificación (22.21%).
Interés remuneratorio y de mora, tasa de
usura
Ya
dijimos que los intereses remuneratorio y moratorio,
no pueden exceder de 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, que para este mes
es 35.25% efectivo
anual, para la modalidad de crédito
de consumo y ordinario, porque se puede incurrir en el delito de usura (Artículo
305 del Código Penal), tasa que tuvo un aumento de 193 puntos básicos (1.93%)
con respecto al periodo anterior (33.32%).
Vale la pena aclarar que la TIBC constituye el piso de referencia de
la tasa de interés, que los establecimientos de crédito pueden mover hacia
abajo, cobrando menos, dependiendo de la competencia y la ganancia que esperen
obtener, en relación con lo que les cuesta
captar los recursos del público. El techo, que no se puede sobrepasar,
es la tasa de interés remuneratorio y de mora.
En la mayoría de los casos y especialmente para los consumos con
tarjetas de crédito, el costo financiero lo pegan al techo, es decir, al 35,25%
efectivo anual.
El consejo que damos desde esta columna, es utilizar la tarjeta de crédito
inteligentemente y solo para consumos prioritarios.
El Gobierno nacional, a través de sus autoridades económicas, debe
revisar las medidas tomadas para el control de la inflación, que ya en el
octavo mes del año, no han mostrado su efectividad, ya que a pesar de lo
costoso del crédito, las personas inevitablemente se están endeudando, porque
sus ingresos no les alcanzan ante el incremento del costo de vida, la inflación
y la devaluación, el precio del dólar.
Está resultando más malo el remedio que la enfermedad.