viernes, septiembre 02, 2022

IMPARABLES LAS TASAS DE INTERES PARA LOS CREDITOS BANCARIOS

 Por   :   Javier Ríos Gómez

LA TASA DE INTERES BANCARIO CORRIENTE (TIBC) Y LA TASA DE USURA

Hasta el momento las medidas adoptadas por la Junta Directiva del Banco de la Republica, como autoridad monetaria, cambiaria y crediticia, para frenar la inflación en su rumbo alcista (10,21% a julio), como la de aumentar la tasa de interés de intervención del Banco al 9%, para desestimular la oferta de dinero en el mercado, han sido ineficaces, el costo de vida no se ha frenado y por el contrario el del dinero, es decir, la tasa de interés en el mercado, se ha aumentado a cifras históricas.

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC), en cumplimiento de sus atribuciones legales  y reglamentarias, calcula, certifica y determina el periodo de vigencia, para la tasa de interés bancario corriente (TIBC) que los establecimientos de crédito en Colombia deben cobrar sobre los créditos de consumo y ordinario que otorgan a sus clientes.

La TIBC, es el promedio de las tasas de interés que  cobran las entidades crediticias a sus usuarios, en un periodo determinado y que la SFC calcula, solicitando información a las entidades financieras,  incluyendo todos los plazos, sobre  :  Crédito de consumo, comercial ordinario y tarjetas de crédito para personas naturales, con excepción de los consumos a un (1) mes y toma en cuenta la información disponible reportada para las cuatro (4) semanas anteriores a la certificación. 

La TIBC es la referencia para calcular la tasa de interés de usura, valor máximo que puede cobrar una entidad que presta dinero.

El delito de usura se configura cuando el valor cobrado por tasa de interés, excede las 1,5 veces el porcentaje vigente del  interés bancario corriente.

Tipos de interés bancario corriente

Para créditos de consumo y ordinario: En este caso, donde los créditos son otorgados a personas naturales para financiar la adquisición de algún bien o servicio, la tasa de interés bancario corriente tiene una actualización mensual. Los datos recopilados entonces, corresponden a las cuatro semanas anteriores a la certificación.

Para microcréditos: En esta modalidad de financiamiento, que está enfocada al financiamiento de la microempresa, la tasa de interés bancario tiene una actualización trimestral, es decir, que la información remitida por los establecimientos crediticios, sobre microcrédito, corresponde a las doce semanas anteriores a la certificación.

Para créditos de consumo de bajo monto: En esta línea de crédito, dirigida a personas naturales que no hayan accedido a un crédito y cuyo monto máximo de endeudamiento es de cuatro salarios mínimos, la tasa de interés bancario corriente tiene una actualización anual. 

La SFC con la Resolución No.1126 del 31 de agosto de 2022 certificó el Interés Bancario Corriente entre el 01 de septiembre y el 30 de septiembre de 2022, en el 23.50%, que constituye un aumento de 129 puntos básicos (1.29%) en relación con la anterior certificación (22.21%).

Interés remuneratorio y de mora, tasa de usura

Ya dijimos que los intereses remuneratorio y moratorio, no pueden exceder de 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, que para este mes es  35.25% efectivo anual, para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, porque se puede incurrir en el delito de usura (Artículo 305 del Código Penal), tasa que tuvo un aumento de 193 puntos básicos (1.93%) con respecto al periodo anterior (33.32%).

Vale la pena aclarar que la TIBC constituye el piso de referencia de la tasa de interés, que los establecimientos de crédito pueden mover hacia abajo, cobrando menos, dependiendo de la competencia y la ganancia que esperen obtener, en relación con lo que les cuesta  captar los recursos del público. El techo, que no se puede sobrepasar, es la tasa de interés remuneratorio y de mora. 

En la mayoría de los casos y especialmente para los consumos con tarjetas de crédito, el costo financiero lo pegan al techo, es decir, al 35,25% efectivo anual. 

El consejo que damos desde esta columna, es  utilizar la tarjeta de crédito inteligentemente y solo para consumos prioritarios. 

El Gobierno nacional, a través de sus autoridades económicas, debe revisar las medidas tomadas para el control de la inflación, que ya en el octavo mes del año, no han mostrado su efectividad, ya que a pesar de lo costoso del crédito, las personas inevitablemente se están endeudando, porque sus ingresos no les alcanzan ante el incremento del costo de vida, la inflación y la devaluación, el precio del dólar. 

Está resultando más malo el remedio que la enfermedad.